CONVOCADAS LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES DE PROTECCIÓN ANIMAL EN 2021
Subvenciones a organizaciones sin ánimo de lucro para la protección animal
Hoy 28 de octubre de 2021, el BOE número 258 de 2.021 publica las subvenciones dirigidas a asociaciones dedicadas a la protección animal. Es decir, todas aquellas organizaciones de protección animal sin ánimo de lucro y fundaciones españolas que tengan en sus estatutos como fin principal la protección y la defensa de los animales tienen opción de solicitarla. Habrán de estar constituidas legalmente e inscritas en sus correspondientes registros -sin tener un plazo mínimo de constitución- así como estar al corriente de las obligaciones de Seguridad Social y de sus obligaciones tributarias.
El objetivo de la subvención es sufragar los gastos que hayan de afrontar las entidades de protección animal en el año 2.022, en concepto de tratamientos veterinarios y gastos en bienes fungibles no inventariable para el desarrollo de las actividades de las entidades de protección animal, incluyendo la comida adecuada de los animales, en el ejercicio de su actividad del auxilio y cuidado de animales domésticos y de compañía abandonados, independientemente de su especie, y que estén o hayan estado en custodia de la entidad de protección animal o en colonias felinas controladas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3.3 de la Orden DSA/1045/2021, de 28 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades de protección animal.
La concesión de la subvención tendrá una cuantía mínima de 250 euros y una cuantía máxima de 5.000 euros, disponiendo de un presupuesto de 3.000.000 de euros. Las subvenciones serán proporcionales a los gastos acometidos por las entidades de protección animal por la realización de actividades concretas o intrínsecamente relacionados con la recogida, custodia y cuidado de animales de compañía, tales como gastos de traslado de animales abandonados, tratamientos veterinarios, en particular de identificación y esterilización, gastos derivados de la mejora de instalaciones, etc. Los criterios de valoración oscilan entre los años de experiencia como entidad, que proporcionan hasta diez puntos, y otras valoraciones como la difusión de su funcionamiento, la difusión en redes sociales, o por tratamientos veterinarios de identificación, esterilización u otros tratamientos.
El plazo de solicitudes es de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este Boletín Oficial del Estado.
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